Presidencia.
- Carlos González
- 18 sept 2016
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Daniel Cosío Villegas expone la estructura del poder ejecutivo que en gran medida justifica las facultades que el presidente de la república ha adquirido como consecuencia de la formación de un sistema político mexicano, federalista y constitucional a lo largo de la historia, principalmente partiendo de ciertas coyunturas sociales, políticas y económicas, siendo más específicos, de la propia revolución mexicana. Cosío reconoce que las facultades del presidente emanan de un hecho histórico, de raíces revolucionarias donde el poder se depositaba en un solo hombre, pero no en razón de represión o en función propia de un dictadura. El escaso desarrollo político mexicano mermó en gran medida la estrategia de reconstrucción social y económica después de la revolución. La sustitución, como menciona Emilio Rabasa en su libro "La Constitución y la dictadura", de una asamblea deliberativa por un Congreso unificado donde el poder Ejecutivo se dotara de la mayoría de facultades era necesario. Es así que la aspiración autoritaria se alcanza con la Constitución de 1917, donde las leyes justifican la coerción del presidente respecto a decisiones de distinta índole, y aún así errando en la argumentación de una interdependencia organizacional, pues la realidad es que en ciertos rubros (secretarías) el poder ejecutivo accionaba de forma circunstancial. Años más tarde, ciertas contradicciones limitaron las facultades del poder Ejecutivo imponiendo así una dictadura extra-constitucional. La realidad de las cosas es que las facultades que se le otorgan al presidente no solo emanan de las leyes, sino dicho de otra manera, de otras fuentes. En un plano geográfico, estratégico y social, la Ciudad de México se vuelve eje central por su número de habitantes y en la que se ubican fracciones directas con el Congreso, tales son bancarios, comerciales e industriales. México, a despecho del régimen federal de gobierno establecido por la Constitución, es un país gobernado en la realidad por una autoridad central incontrastable. La concentración de los poderes del Congreso de la Unión, justifican finalmente la importancia central de las decisiones del presidente. Cosío expone que es imposible hacer caso omiso a la diferenciación notable en la participación del ciudadano en asuntos públicos y privados, éstos últimos en gran medida. El sector público pues ejerce escasas condiciones de contacto legal por parte de los ciudadanos con sus autoridades, favorables o no. Esto recae en que el presidente determine el curso de la vida pública. Un claro ejemplo es la forma como se deriva la jerarquía jurídica de la autoridad, contradiciendo, como mencionaba antes, la argumentación constitucional. A esto me refiero con la sentencia de que los estados de la República son "libres y soberanos en su régimen interior", sin embargo, ante la clemencia de un acto de inconformidad por parte de un presidente municipal o del propio gobernador de un estado, el presidente de la república resulta juez último de ésta. Cabe señalar que no solo existe subordinación en la toma de decisiones por parte del poder civil, sino que en el poder legislativo recae otra estimación de dicha subordinación, y es pues la elección de magistrados. Es necesario saber que los magistrados de la Corte son nombrados por el Senado a petición del presidente. Lo cierto es que la fuerza constitucional permite cierta "flexibilidad" en cuanto a la sujeción de poder, de ejercer un puesto político, pues no solo es el presidente la única o última instancia que demerita quien o quienes forman el congreso parlamentario. Esta condición nos hace ver que los límites de lo cuáles presume el argumento constitucional son rebasados por instancias partidarias. La figura del presidente ha configurado en gran medida distintas visiones y percepciones entre la sociedad contemporánea, consecuencia de una creencia general que en otro momento merecería mayor esbozo, esto es pues la creencia del que soluciona cualquier problema. Esta visión posiciona la figura presidencial como la procuración de asuntos sin límite, al alcance de cualquier figura, siempre a la supervisión del jefe del poder ejecutivo. Como vemos, la representación del poder en manos del presidente recaba distintas posiciones, apariencias y situaciones. Las facultades que se ejercen se atañen a límites y en otras ocasiones no. Pero los límites que se añaden son principios fundamentales de legalidad, democracia y soberanía. Hoy en día apuntamos al principio de no-reelección, y por otro lado la presión externa que conlleva ser mandatario de la nación. La opinión, el gusto y el interés personal se adhieren a un nuevo discurso siempre sanando las presiones de la crítica. El problema, empero, no es el de la existencia de grupos opresores, que puede darse por resuelto afirmativamente, sino el de la medida en que de verdad han limitado y limitan el poder del presidente.

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